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CARTA PODER
Por medio de la presente, yo, , identificándome con , otorgo poder amplio, cumplido y bastante a , quien se identifica con , para que en mi nombre y representación , ante .
Para tal efecto, le doy facultades para presentar y recibir documentos, firmar los escritos necesarios y realizar todas las gestiones relacionadas con el trámite señalado.
La presente carta poder se otorga con fundamento en el artículo 2556 del Código Civil Federal y sus correlativos de los códigos civiles de los estados.
La hoja se ve igual que como sale impresa (tamaño carta). Las líneas en blanco son para llenar a mano.
Qué necesitas
- Tu nombre e identificación.
- Nombre e identificación de quien hará el trámite.
- El trámite exacto y la oficina.
- Dos testigos mayores de edad con su INE.
Consejos y errores comunes
- Sé específico con el trámite: una carta poder muy general puede ser rechazada.
- Firmen con la misma firma de su INE.
- Algunas oficinas (IMSS, SAT, bancos) tienen su propio formato: pregunta antes.
- Para vender inmuebles o poderes generales se necesita poder notarial.
Otros formatos de cartas y trámites
Preguntas frecuentes
¿La carta poder simple necesita notario?
No para trámites comunes: basta firmarla ante dos testigos sin ratificar las firmas cuando el asunto no pasa de 1,000 veces el salario mínimo (art. 2556 del Código Civil Federal).
¿Cuántos testigos lleva una carta poder?
Dos testigos mayores de edad, con copia de su identificación.
¿Los testigos pueden ser familiares?
La ley federal no lo prohíbe, pero algunas oficinas no lo aceptan; mejor que no sean familiares directos.
¿Cuándo necesito un poder notarial?
Para poderes generales, para vender o comprar inmuebles y cuando el asunto supera el límite de la carta poder simple.
Fuentes
- Código Civil Federal, artículo 2556 (carta poder ante dos testigos)
- Código Civil Federal (Cámara de Diputados)
Revisado el 9 de octubre de 2026. Este es un modelo de uso general: adáptalo a tu caso y, en asuntos importantes, consulta a un abogado o notario.